REFLEXIÓN EN EL DÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS

Con motivo del día de los derechos humanos, los centros sociales de

la Compañía de Jesús y la Red Jesuita con Migrantes —como obras

sociales y educativas que son— desean compartir algunas reexiones

sobre el signicado de la visita de la Comisión Interamericana

de Derechos Humanos (CIDH) con la opinión pública nacional.

Nos llaman la atención la fuerte polémica y la desinformación suscitadas

en torno a esta visita. Lamentamos profundamente que

muchas noticias publicitadas en los medios informativos y que

incontables comentarios en las redes sociales confundan

sistemáticamente el signicado de esta misión en aspectos fundamentales

que tocan al bien común, al respeto de la dignidad humana

y a la salvaguarda de la reputación internacional del país.

La República Dominicana forma parte del Sistema Interamericano de

Derechos Humanos y, dentro del mismo, la CIDH ocupa un lugar central,

porque, como establece el artículo 106 de la Carta de la OEA, la

CIDH tiene “como función principal, la de promover la observancia y la

defensa de los derechos humanos y de servir como órgano consultivo de

la Organización en esta materia”. En cumplimento con su mandato, la

CIDH investiga y observa la situación de los derechos fundamentales

en los Estados miembro, y recomienda la adopción de medidas que

contribuyan a la protección de los derechos. En consonancia, el

artículo 74 de nuestra Constitución establece los principios de interpretación

y reglamentación de los derechos fundamentales y su

numeral 3 no deja espacio a la duda: “3) Los tratados, pactos y convenciones

relativos a derechos humanos, suscritos y raticados por el

Estado dominicano, tienen jerarquía constitucional y son de aplicación

directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado”.

Reriéndose al sistema universal de los derechos humanos, el Papa

Benedicto XVI, en su intervención del 18 de abril de 2008 en la

Asamblea de Naciones Unidas armó lo siguiente: “Todo Estado tiene

el deber primario de proteger a la propia población de violaciones

graves y continuas de los derechos humanos, como también de las consecuencias

de las crisis humanitarias, ya sean provocadas por la naturaleza

o por el hombre. Si los Estados no son capaces de garantizar esta

protección, la comunidad internacional ha de intervenir con los medios

jurídicos previstos por la Carta de las Naciones Unidas y por otros instrumentos

internacionales. La acción de la comunidad internacional y de

sus instituciones, dando por sentado el respeto de los principios que

están a la base del orden internacional, no tiene por qué ser interpretada

nunca como una imposición injusticada y una limitación de soberanía”.

Sobre este punto especícamente, hay amplios sectores que desinforman

a la opinión pública, diciendo que la visita de la CIDH es un

atentado contra la soberanía del país. Queremos hacer tres precisiones

al respecto. Primeramente, la CIDH fue invitada por el gobierno

dominicano a la visita in loco, con el objetivo de levantar testimonios

sobre las consecuencias humanas de la sentencia 168-13 del

Tribunal Constitucional. En segundo lugar, esta es la octava visita

que dicha institución hace al país, porque fue decisión soberana de la

República Dominicana adoptar en 1948 la Declaración Americana

sobre Derechos y Deberes del Hombre, razón por la cual el país participó

en la creación de la CIDH, en 1959; y bajo el mismo espíritu,

diecinueve años más tarde, el 19 de abril de 1978, raticó la Convención

Americana sobre Derechos Humanos. Durante todo este

tiempo, la CIDH ha procesado peticiones y solicitudes de medidas

cautelares de República Dominicana. En tercer lugar, desde el punto

de vista ético-político, la noción de soberanía no se reere originalmente

al carácter intangible de las medidas de un Estado nación,

sino al respeto del pueblo. Por eso, en la losofía política moderna en

que se inspira nuestro ordenamiento constitucional, el “Soberano” es

el pueblo, no el aparato administrativo. Este pueblo debe estar bien

informado para que pueda tomar sus decisiones con apego al bien

común y respetando el Estado de derecho. Ningún poder del Estado

está por encima de la Constitución que establece estos principios

(art. 6).

La decisión de desnacionalizar retroactivamente a miles de dominicanos

con padres extranjeros en situación irregular es un problema

de derechos fundamentales. El informe de la CIDH no ha hecho más

que recordarlo. El pueblo dominicano debe de estar consciente de

que no acceder a las recomendaciones de la CIDH el país se verá más

interpelado internacionalmente de lo que ahora se encuentra. Como

ha subrayado el Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas,

la solución debe ser dominicana y expresión de un pacto

Estado-sociedad. Debemos exigir a los poderes públicos, especialmente

al Poder Ejecutivo, que ayuden al equilibrio de los poderes del

Estado, para encontrar una solución institucional con vistas a restituir

los derechos de los afectados por la sentencia 168-13.

Como parte de la confusión, se ha publicitado hasta el cansancio que

estas medidas están orientadas a ordenar el ujo migratorio del país,

especialmente el proveniente de Haití. Queremos repetir por

enésima vez que este es otro problema, diferente, que debe de

atenderse por otros medios, pero siempre respetando los derechos

humanos. En este punto, queremos expresar públicamente nuestro

pesar y lamento por la confusión creada por el decreto 327-13 que

establece el plan de regularización migratoria del país. Lamentamos

que en este plan, con el párrafo del artículo 8, el Poder Ejecutivo

mantenga la confusión generada en cuanto al derecho a la nacionalidad

y la naturalización de personas nacidas en el país.

Las obras sociales de la Compañía de Jesús, y su red mundial que

acompaña a los migrantes, reiteramos nuestro interés en colaborar

con las instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil

en un proceso que conduzca a robustecer el Estado de derecho y, a

través de este, una garantía institucional de los derechos humanos

en general, y de los más pobres y excluidos en particular. Como sacerdotes,

religiosos y laicos de la Iglesia católica, entendemos, al igual

que la Doctrina social de la Iglesia, que el respeto de los derechos

humanos es la forma contemporánea de tratar a las personas como

hijas e hijos del mismo Dios de misericordia revelado en Jesucristo,

que dirige su mensaje “a todas las naciones”.